La Oficina de Conflictos de Intereses (OCI) autoriza a Carmen Calvo y Pablo Iglesias a trabajar en medios de comunicación

por Redacción
  • Según la ley, Iglesias y Calvo debían pedir una autorización a la Oficina de Conflictos de Intereses para poder trabajar en entidades privadas -en medios, en este caso- tras cesar del cargo.

El exvicepresidente del Gobierno Pablo Iglesias y la exvicepresidenta y aún diputada Carmen Calvo pidieron permiso a la Oficina de Conflictos de Intereses (OCI) para poder trabajar en la actividad privada, como exige la ley. Esta oficina recientemente les ha concedido la autorización, según publica el Portal de Transparencia, concretamente para colaborar en medios de comunicación. 

Así, tanto Calvo como Iglesias solicitaron la autorización para ejercer como tertulianos en la Cadena SER. Una luz verde que según los datos del portal llegó el pasado 1 de octubre para Calvo y el 4 de octubre para Iglesias, casi un mes después de la incorporación de los exvicepresidentes al programa de radio, que tuvo lugar el 6 de septiembre.

Iglesias y Calvo empezaron a trabajar en la radio antes de recibir la autorización

A la pregunta de Newtral.es sobre si estos ex altos cargos podían comenzar a trabajar antes de recibir la autorización y si en caso opuesto podían ser susceptibles de una sanción, el Ministerio de Hacienda y Función Pública responde que “la responsable de la Oficina de Conflictos de Interés (OCI) ha informado que esas autorizaciones se han examinado y son acordes a la Ley 3/2015, de 30 de marzo”.  Este organismo es dependiente del ministerio que lidera María Jesús Montero

Según el artículo 15.7 de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, norma que regula el ejercicio del alto cargo, la Oficina debe comunicar al interesado si es compatible o no su paso al sector privado en un plazo de un mes. Este periodo comienza desde la presentación de la declaración de actividad que va a realizar el ex alto cargo, que en el caso de Iglesias y Calvo se desconoce cuándo fue.

El régimen de los altos cargos en la Administración General del Estado que publica el Ministerio de Política Territorial expone que “el alto cargo deberá informar, con carácter previo a su inicio, a la OCI sobre las actividades que vaya a realizar”. 

En cambio, el reglamento no indica qué pasa si el individuo ingresa antes de recibir la autorización para trabajar. Solo que si la autorización es desfavorable y la persona inicia la actividad donde no se le permite, la Oficina iniciará un procedimiento sancionador. 

Iglesias y su nueva actividad en los medios de comunicación

El exlíder de Podemos se ha dirigido a este organismo hasta en cinco ocasiones más para que le dieran vía libre en su nueva vida fuera de la política. 

El pasado julio la Universitat Oberta de Catalunya (UOC) confirmó a Newtral.es que Iglesias participará como investigador asociado en un proyecto del centro y la OCI lo autorizó en septiembre. También dio su visto bueno a que Iglesias colabore en medios como Rac1 y los periódicos Contexto, Ara y Gara. ¿Por qué debe solicitar la aprobación?

La Oficina de Conflicto de Intereses, encargada de las autorizaciones 

Cuando un alto cargo, ya sea vicepresidente del Gobierno, director general, embajador o Jefe del Estado de Mayor de la Defensa, deja de trabajar en la administración pública deben solicitar y recibir la autorización de la Oficina de Conflictos de Intereses para poder ocupar un puesto en entidades privadas.

Este periodo dura dos años. Una vez finalizado no tienen la obligación de dirigirse a este organismo. Así está establecido en el artículo 15 de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado.

De esta manera, la OCI se encarga de evaluar si existe incompatibilidad en este movimiento. Para la ley no es compatible si las entidades privadas en las que solicitan trabajar, “han resultado afectadas por decisiones en las que hayan participado”. 

Fuente: Newtral

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