El Gobierno prohibirá la publicidad de chocolates, galletas y zumos dirigida a niños

por Redacción
  • El Ministerio de Consumo se prepara para levantar una nueva limitación a la industria publicitaria, muy mermada todavía por los efectos de la pandemia y por la incertidumbre económica global

Tras arrinconar la publicidad de las casas de apuestas online a la franja horaria de la madrugada, ahora se dispone a limitar de forma severa los anuncios de bebidas y alimentación dirigidos a niños. Ayer comenzó la audiencia pública para que los sectores afectados propongan sus aportaciones al borrador de real decreto.

De acuerdo con el documento redactado por Consumo, quedará prohibida toda publicidad de alimentos y bebidas con alto contenido en sodio, azúcares, edulcorantes, grasas y ácidos grasos saturados dirigida al público infantil; recogidos en el perfil nutricional de la Región Europea de la OMS.

Por tanto, no se podría hacer publicidad para el público infantil sobre chocolate, productos de confitería, barritas energéticas, pasteles, galletas, zumos, bebidas energéticas o helados. Sí se podría hacer publicidad pero siempre y cuando cumplan con ciertos límites de azúcares o sodio sobre frutos secos, bebidas lácteas, cereales, alimentos preparados (pizza, lasaña…), mantequilla, pan, pasta o salsas (ketchup, mayonesa…). Solo hay dos categorías en el que la comunicación comercial está completamente permitida: carne fresca y congelada, aves, pescado y similares (huevos) y también fruta, hortalizas frescas y congeladas y legumbres.

Además, el borrador de real decreto establece también la prohibición de que participen en campañas sobre los sectores de alimentación y bebidas dirigidas al público infantil madres o padres, educadores, docentes, profesionales de programas infantiles, deportistas, artistas, influencers, personas o personajes de relevancia.

El borrador de real decreto contempla la prohibición de publicitar varios productos y la utilización de influencers

¿Y cómo dirime el Ministerio de Consumo que una determinada publicidad va dirigida al público infantil? Pues el Ejecutivo contempla que una campaña entraría dentro de esta normativa cuando esté diseñada de tal forma que por su contenido, lenguaje o imágenes resulte, objetiva y mayoritariamente, apta para atraer la atención o interés del público de tales edades.

En concreto, estará sometida a esta regulación los anuncios que se emitan en canales de televisión infantiles y también en los generalistas siempre y cuando la publicidad se difunda en programas dirigidos al público infantil, en las franjas horarias de protección reforzada o en bloques de programación, secciones o espacios con una audiencia del 25% de público infantil. También afectará a las películas infantiles en los cines, en las secciones dirigidas a menores de 16 años de la prensa escrita y en redes sociales y plataformas cuando sus contenidos están destinados a menores de 16 años.

500 millones de euros de inversión

Esta normativa llega en un momento en el que la industria publicitaria esta todavía en plena recuperación tras el golpe de la pandemia, que causó un desplome de la inversión del 18% en 2020. De momento, todavía faltan por recuperar 1.500 millones de euros para alcanzar los niveles prepandemia. Además, el sector de las alimentación y de la bebidas es de los más intensivos en gasto publicitario. El primero de ellos dedicó a la publicidad el año pasado 287 millones de euros y el segundo, otros 189 millones de euros. En total, casi 500 millones de euros que podrían peligrar en un porcentaje relevante tras la entrada en vigor de la nueva legislación.

Los anunciantes ya mostraron su rechazo por los planes de Consumo de emprender una nueva limitación a la comunicación comercial por ser esta  «sorprendente e injustificada». Desde la entidad que representa a los mayores anunciantes del país -Asociación Española de Anunciantes (aea)-, consideran que el Código PAOS supone una «respuesta equilibrada a las necesidades regulatorias» en el ámbito de la publicidad de alimentos y bebidas dirigida a menores. «Es una apuesta pionera muy reconocida y valorada en Europa, ejemplo de actuación y compromiso de la industria de acuerdo con la Administración en beneficio de los consumidores, lo que hace posible que no sea necesario desarrollar una normativa específica en este ámbito», sostienen desde la entidad.

No piensa así el Ministerio de Consumo, que considera que este código de autorregulación está desfasado, al haber sido suscrito en 2005 y actualizado en 2012. Según el Ejecutivo, en 2019 y 2021 hubo reuniones para adecuarlo a la realidad actual, pero las negociaciones no fructificaron. Es por ello que ahora Consumo ha tomado la decisión de regular esta materia vía real decreto.

Fuente: Dircomfidencial 

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