La Audiencia Nacional finalmente ha determinado la suspensión del proceso de oposiciones de RTVE a consecuencia de la demanda interpuesta por la Federación de Espectáculos, Información, Papel y Artes Gráficas de Confederación General (FEIPAG-CGT) –apoyada por CC.OO., UGT, Sindicato Independiente de Comunicación y Difusión (SICD)y Unión Sindical Obrera (USO)– contra Radio Televisión Española (RTVE), contra la radio televisión pública.
Así, la Justicia ha declarado nulos varios de los requisitos que se recogían en las bases de la convocatoria para opositar a los puestos ofertados por RTVE. En concretos, se declaran invalidados los requisitos de participación que se refieren a «tener las experiencia profesional mínima demostrable que exijan las bases específicas para el puesto que se opta» y «haber prestado servicios por un periodo igual o superior al año en puesto análogo al que optan desde 2007».
Queda anulada también la expresión recogida en la convocatoria que dicta que «la formación y experiencia que sea requisito para optar a las plazas convocadas no será valorada como mérito» y se declara nula la ponderación de méritos contenidas en las bases de la convocatoria.
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